La penta división del poder en Venezuela

Fortunato González Cruz

Resumo


Venezuela estableció un sistema de división del poder en cinco ramas: las tres clásicas de legislativo, ejecutivo y judicial, y le agregó el Poder Ciudadano y el Poder Electoral. Lo novedoso del modelo está en la forma como han sido calificadas las conocidas instituciones del Ministerio Público, la Contraloría Nacional, la Defensoría del Pueblo y el árbitro electoral. La consecuencia más evidente está resumida en el Informe de la OEA a propósito de las elecciones parlamentarias del 4 de diciembre de 2005: hay un grave debilitamiento del principio de separación, independencia y equilibrio de poderes –principio fundamental de toda democracia presidencialista.

Palavras-chave


separación de poderes; poder moral; constitución; poder electoral

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DOI: http://dx.doi.org/10.62530%2Frbdc.v10i1.206

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Revista Brasileira de Direito Constitucional - RBDC
ISSN: 1678-9547 (impressa) - 1983-2303 (eletrônica)
Escola Superior de Direito Constitucional - ESDC